Por: Redacción Noticias de Colombia - El Extranews
El pasado 31 de agosto la Fiscalía recibió de la Corte Suprema, el expediente de Álvaro Uribe luego de que este renunciara a su curul como senador. Este sábado 10 de octubre, una jueza de garantías tumbó la medida de aseguramiento que le había impuesto la Sala de Instrucción.
De ahora en adelante el expresidente Alvaro Uribe podrá afrontar el proceso judicial por presunto soborno y fraude procesal, en completa libertad.
Esta decisión se dió luego de que el proceso en contra del exsenador pasara a manos de la Fiscalía y se determinara la aplicación de la ley 906 en este expediente. La jueza del caso también aclaró que no se pronunciaría de fondo sobre la decisión de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de detener a Uribe, pues se presume la legalidad de esa determinación.
La jueza 30 de garantías de Bogotá, Clara Ximena Salcedo aclaró: “Esta funcionaria no revisará la providencia de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia”. Es decir, la togada no se refirió en lo absoluto al documento de casi 1.500 páginas en las que el alto tribunal sustentó su decisión de imponerle casa por cárcel al expresidente. Explicó, por el contrario, que “no se concibe la validez de una medida de aseguramiento sin una previa formulación de imputación”, que es la diligencia en la que la Fiscalía le comunica a un sindicado que lo va a investigar.
Como el proceso contra Uribe se venía llevando en la Corte bajo un régimen penal diferente, el expresidente nunca tuvo una formulación de imputación, sino una indagatoria. Así las cosas, la jueza se concentró en determinar si esas dos audiencias eran equivalentes. Y, tras un estudio jurídico, la jueza agregó: “Tal y como fue deprecado por la defensa, la Fiscalía y la Procuraduría, se presentan diferencias entre la indagatoria y la imputación que tienen incidencia sobre las garantías judiciales”. Es decir, no podrían asimilarse y, por ende, la medida de detención se cae de su peso.
Comentarios